Lo menos que se desea, busca o conviene es un accidente de trabajo debido a todas las implicaciones que ello conlleva para la vida de la persona que lo sufre, su círculo inmediato y también lo que ha de devenir para la empresa según la magnitud del evento.
Hasta en la función más simple laboral existe el riego de un accidente de trabajo porque el mismo es parte de una serie de eventos externos (incluyendo terceras personas) como del desenvolvimiento espontáneo, no organizado, involuntario (reflejo) de quien lo sufre y hace sufrir.
En este proceso juega un rol preponderante el incidente de trabajo que, si bien posee diferencias con el accidente de trabajo, bien puede ser el detonante que conlleve al mismo.
¿Factores?, muchísimos. ¿Afectados?, más de 120.000.000 de accidentes laborales al año en el mundo según datos oficiales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) faltando los no insertados en las estadísticas.
Así como existe la propensión, existe la prevención. Como existe el accidente de trabajo, también existen las consecuencias negativas y las que buscan resarcir en la medida de lo posible los efectos de las mismas.
¿Qué es un accidente de trabajo?
Basado en las múltiples acepciones que del accidente de trabajo se poseen, construiremos esta definición:
El o los sucesos en que la persona trabajadora sufra una lesión corporal, funcional o emocional de corte permanente o temporal, al momento o por secuela, incluyendo su fallecimiento por el resultado de una acción determinada o sobrevenida en el área, tiempo o funciones laborales, sea por el hecho propio de sus funciones o por ocasión del trabajo integral y/o de terceros.
Menos complicado: El accidente de trabajo engloba a todo evento imprevisto o previsto (trabajos de alto riesgo) que den lugar a muerte, lesión, enfermedad, daño u otra pérdida y que no haya sido buscado intencionalmente o realizando deberes no propios de su área laboral.
Forma de análisis
Desde el punto de vista de la higiene y seguridad industrial que lo analiza desde el punto preventivo, ya que es dificultosa una exacta clasificación, se determinan los siguientes factores de previsión y determinación de efectos:
- Por sus causas: El por qué ocurrió cierto o determinado suceso.
- Las fuentes generadoras del hecho: Las actividades que por su naturaleza individual o en suma, propiciaron el accidente de trabajo.
- Los agentes involucrados: Los medios de trabajo participantes o ambientes que pudieron propiciar el evento pernicioso.
- El tipo de evolución: Cómo se produjeron y/o se desarrollaron los hechos.
Con estas bases se crean esquelas argumentativas que fungen como evaluación de los sucesos para equilibrio entre las partes involucradas (patrón, empleado, tercera persona o evento natural o artificial externo) al momento de dirimir responsabilidades, librar culpabilidades, cancelación de ayudas y deberes de ley respectivos a la magnitud del accidente de trabajo.
Sirve también como análisis preventivo para evitar que éstos eventos se sucedan siquiera una primera ocasión o que no se repitan si ocurrieren pero sin acometer riesgos a trabajadores y/o terceras personas, que también son efecto de protección si están debidamente permitidas o se encontraban de manera normal cera del área de la empresa a la hora de ocurrirse un accidente de trabajo.
Factores que conllevan a un accidente de trabajo
- Actos incorrectos por parte de los trabajadores, entendiéndose en este punto a todos por igual, desde el más alto cargo directivo hasta el más humilde de los cargos en nómina.
- Fallas en los equipos por falta de mantenimiento o daños por elementos como: electricidad, agua, gas, etc.
- Las formas, cualesquiera que sean, en que se produzca el contacto entre el accidentado y el agente causante.
- Fallas en la formación de tales o cuales tareas.
- Asignación de nuevas tareas sin tiempo de práctica debido.
- Movimiento de enseres, inestabilidad de estructuras o mobiliarios, problemas de garantía o calidad de los equipos.
- Acción y reacción en base a sucesos internos y/o externos que llegan al área laboral de manera imprevista y toman a la persona en incapacidad de defenderse.
- Distracciones sea por sucesos, sonidos, otros empleados o persona ajenas que devengan en un accidente de trabajo netamente por descuido.
¿Por qué ocurre el accidente de trabajo?
La precariedad en el mercado laboral, la falta de preparación y la búsqueda de mano de obra barata a la que se les asignan instrucciones no evaluadas que no sólo pueden ocasionarle un accidente de trabajo a sí mismo, sino arrastrar a otros que quizá no estén a su bajo nivel de preparación para su tarea.
El fallo humano prevalece como factor detonante recurrente del accidente de trabajo. Hasta la persona más preparada puede fallar por ser humano, más podría minimizar el efecto del suceso paulatinamente. Nadie está exento de los accidentes, pero pocos están al nivel de llevarlos a su más mínimo exponente.
No llevar un control adecuado del riesgo latente o de efecto dominó por omisiones en la supervisión general de las áreas y/o la falta de lógica o disposición al compromiso con su trabajo o la vida de las personas que de una u otra forma, juegan al riesgo.
El comportamiento tanto de los implicados en el área como de los cargos medios y altos y de los entes gubernamentales de protección, seguridad y de derechos de los trabajadores que omiten la resolución a tiempo de problemas puntuales, control sobre garantías, reemplazos, educación, etc.
Es muy complicado saber el detonante de un accidente de trabajo, pero no el saber cómo bajar el riesgo exponencial, existiendo verdadera voluntad de las partes comprometidas.
El incidente laboral y el accidente de trabajo
Aunque similares en lo que respecta a desmejoras en la productividad y tener causantes directos e indirectos, se debe tener al incidente laboral como una clara referencia de lo que podría devenir sí no se toman los correctivos necesarios.
Un incidente laboral es:
Todo evento que generó un accidente de trabajo y/o aquel suceso que tuvo el potencial para considerarse un accidente. Existe por igual la figura del “cuasi incidente”, siendo aún más pequeño.
Por ejemplo: Un incidente es que sin querer un trabajador derribe unas cajas y o las recoja. Y que otra persona distraída en esos instantes pase y se tropiece, caiga y se haga una herida contusa.
También aplica el que, colocándose un segmento de techo sin medidas de seguridad, este se caiga y bordee a ciertas personas sin hacerles daño. Dicho incidente dio aviso que existen fallas en la realización de ese trabajo o de la estructura.
En el caso del cuasi incidente, que por ruptura de un saco por el cargador, debido a su impericia, se le caigan los productos de dentro y que no sean fáciles de romper. Se recogen, pero retrasan la línea de producción.
Tipos más comunes de accidente de trabajo
- Lesiones internas determinadas o múltiples por un esfuerzo violento.
- Exposición directa o indirecta a agentes mecánicos, químicos, físicos, psicosociales, biológicos, físicos o condiciones meteorológicas.
- Aquel que provenga por un acto de salvamento ha de considerar por igual accidente de trabajo, sea o no su función.
- El accidente de trabajo que pueda tener en las vías de ida a su lugar de trabajo o retorno al hogar en un trayecto habitual y sin escalas, salvo en ocasiones que deriven de lógica por su integridad y que no le sean imputables al trabajador. Incluye en especial a los transportes de trabajadores de la compañía.
- El que ocurriere en funciones externas al lugar de trabajo, en horario laboral y cumpliendo funciones.
- En algunas ocasiones, se ha de incluir las salidas de los empleados del recinto laboral en su tiempo de descanso como accidente de trabajo, particularmente ci las condiciones internas no permiten el gozo del mismo en las instalaciones o hubo participación.
- El accidente de trabajo que pueda sufrir un trabajador al cumplir su rol como sindicalista o delegado laboral; también si representa a la institución en eventos deportivos, culturales o sociales y ocurriere un hecho desafortunado.
Derechos de los trabajadores al ocurrirse un accidente de trabajo
De determinarse que el accidente de trabajo no fue motivado por el trabajador y que las nuevas legislaciones son ya más laxas en los casos de actos o eventos fortuitos externos (naufragios, inundaciones, rayos, terremotos, toma de rehenes), debería el mismo ser resarcido en forma alguna.
Algunas de las más coincidentes en algunas leyes iberoamericanas, nos brindan indicaciones. Pero serán los abogados y las conversaciones intra o extramuros entre obreros y patrones los que determinarán correctamente la compensación del accidente de trabajo.
Beneficios ante los eventos que causaren daño, pérdida o muerte
- Les serán cancelados por los patrones tanto a trabajadores, aprendices y/o terceras personas que transcurran de manera justificada en el recinto por los accidentes y/o enfermedades provenientes del trabajo realizado por uno o más trabajadores, sea o no culpa o descuido de la empresa.
- En algunas ocasiones, aún existiendo descuido o culpa por parte del trabajador, habrá un cierto grado de compensación y apoyo humanitario debido.
- Quien haya sufrido un accidente de trabajo puede reclamar compensación y su patrono deberá reparar dicho daño siempre que el accidente provenga del trabajo mismo o suceda en él por otros factores, controlables o no.
- Todo patrono ha de tomar medidas de seguridad, reforzarlas y además escuchar y solventar las que los trabajadores les expongan con tiempo.
- Las condiciones y medio ambiente de trabajo ha de ser lo más óptimo posible sea o no en un recinto. Tanto el patrono como el trabajador han de contemplar los posibles riesgos y solucionarles, muy especialmente en trabajos al aire libre.
- El trabajador quedará bajo amparo de protección de su empleo mientras esté recuperándose de un accidente de trabajo. Por igual será compensado según acuerdo si existiera denuncia ante los entes gubernamentales de trabajo, salud y protección del ambiente sobre condiciones adversas que no fueron corregidas y crearon incidentes que propulsaran accidentes laborales.
- Sus sueldos y salarios serán cobrados a cabalidad y totalidad mientras esté recuperándose.
- En caso de muerte, la familia inmediata recibirá compensación económica y de 5 a 10 años de salarios directos si así los juzgados lo establecieren.
- Si una persona queda con alguna discapacidad pero con la misma pudiere volver a laborar en la empresa, se le brindarán las condiciones debidas para ello.