Consejos para protegerse con la morosidad en el alquiler de pisos

Morosidad de piso

Los conflictos de inquilinato se acrecientan cada día más, conforme existen formas de negociación sin mediadores o en términos de escasa formalidad. La morosidad, es un asunto serio en este tiempo.

Es importante que, cuando se vayan a realizar este tipo de contratos, se profundice en las reglamentaciones deberes y derechos de cada uno, a fin de omitir cualquier elemento necesario de aprobación y acuerdo.

La protección morosidad, es un asunto que deberá garantizarse en este tipo de relaciones en todo tiempo, para ello, no bastará el contrato de inquilinato, sino cada una de las letras, acuerdos escritos y el antes, durante y después.

Por ello, desde aquí hemos de procurarles una serie de consejos prácticos que podrá aplicar para su próxima negociación.

Por su parte, la figura de los agentes inmobiliarios, pareciera un asunto irrelevante pero no es así, el denominado “mutuo acuerdo”, ha de ser modificado por una figura de contrato escrito firmado por ambas partes y regulado o arbitrado por un tercero de esta naturaleza.

Le invitamos a conocer en detalle de qué otros elementos hablamos. Bienvenidos (as)

 Morosidad de piso

 Tres consejos a seguir para evitar la morosidad

A detallar:

  1. Contrato

Término infalible, éste debe ser el primer elemento a destacar en este proceso; el mismo, deberá estar redactado preferiblemente por un especialista en las leyes que regulan el mercado inmobiliario.

Muchas veces, se estila, tomar cualquier tipo de contrato de la misma naturaleza y suele cometerse un groso error, pues resulta que las particularidades en cada caso, son diferentes entre sí.

Es necesario en consecuencia, respetar la particularidad de cada uno, es decir, las características del inmueble, formas de cancelación, condiciones de entrega, metraje, entre otros tantos.

Es recomendable que antes de proceder a la elaboración del contrato, usted, pueda aproximarse a la persona interesada en arrendar, solicitándole información básica como:

  • Estado civil
  • Número de personas que conforman su grupo familiar
  • Fuente de ingreso principal
  • Lugar de trabajo
  • Si posee trabajos alternativos
  • En dónde residió o reside actualmente
  • Razones por las cuales desea alquilar
  • Y otras que considere

De tal manera que, invertir en un contrato elaborado y sellado por un gestor inmobiliario (de trayectoria), podrá resguardarle de posibles inconvenientes futuros.

 

  1. La figura del fiador

Es conveniente, solicitar una persona que pueda consignar la documentación solicitada y que funja como fiador o respaldado de la transacción comercial de carácter habitacional que se celebra.

Esto, de seguro le brindará tranquilidad, en caso de retrasos en la renta, podrá apelar legalmente a éste último actor.

 

  1. Registros

El registro de cómo se entrega el inmueble es un asunto importante, esto evidenciará las condiciones de preservación o de desgaste del mismo.

Muchas veces, se entrega un inmueble en condiciones deplorables que se estima ser recibido en mejor estado al recibirlo; éste tipo de acciones, habrán de contemplarse en el contrato.

Algunas de las opciones dadas, son deducciones de la renta a propósito de reparaciones convenidas entre ambas partes. Por supuesto, deberá estar aprobado por el propietario cada acción de este tipo.

Otros de los panoramas, suele ser el caso contrario, los propietarios consignan el inmueble en perfectas condiciones y al recibirlo, tiene afecciones serias, ante cualquiera de estas situaciones, lo mejor será el registro fotográfico comparativo y probatorio.

 

Conclusión

Para regular de manera positiva lo inherente al arredramiento de un inmueble sin morosidad, será necesario seguir las anteriores recomendaciones.

Del mismo modo, el definir como mínimo tres meses de depósito por garantía, será previsivo para los casos antes tratado (deterioros o daños).

Un elemento poco positivo de estos casos, es el momento del desalojo, es cuando resulta de forma forzosa, ciertamente, es un asunto de mucha incomodidad para ambos actores.

No obstante, para el propietario del inmueble ha de ser una verdadera pérdida de tiempo y dinero, a objeto de mitigarlo, el gestor inmobiliario deberá diseñar una cláusula que contemple un allanamiento.